Boletín informativo número 28
FESTIVIDAD DE SANTA APOLONIA
Recordamos el programa de actos de la festividad de Santa Apolonia, agradeciendo la asistencia a los mismos. DIA 14 DE FEBRERO A LAS 20.30 Presentación del libro “Dentistas y otras profesiones relacionadas: aspectos jurídicos”, cuyo autor es el Letrado y asesor jurídico del Colegio, D. José María Mora.
Intervendrá el Fiscal de la Audiencia Provincial D. Alfredo Flores.
Lugar: salón de actos del Colegio, a las 20:30 horas.
DIA 16 DE FEBRERO A PARTIR DE LAS 20.30 20,30. Misa en honor a Sta. Apolonia y en memoria de los compañeros y familiares fallecidos. Capilla de la Hermandad de Nuestro Padre Jesús del Calvario (C/ Jesús del Calvario, 4)
21,30. Cena en el Hotel Hacienda Montija. Se dispondrá de autobuses que saldrán a las 21,15 desde la sede de la Federación Onubense de Empresarios (Avda. Tomás Domínguez).
Durante la cena se entregará placa conmemorativa a los Colegiados con 25 años de Colegiación: - Dr. D. Juan Carlos Pardo Vázquez - Dr. D. Juan F. Batanero Arcas
También se entregarán los diplomas de Colegiado a los nuevos inscritos: - Dra. Adela Arrayás González - Dra. Gema Arroyo Cruz - Dra. Isabel Botello Mora - Dra. Carolina Caleza Jiménez - Dr. Eloy Cano Díaz - Dra. Tamara Carrasco Domínguez - Dra. Irene Fernández Barriga - Dr. Joaquín M. Fernández Ramiro - Dra. Pilar Gómez Delgado - Dra. Cristina Llanes Gómez - Dra. Maria Auxiliadora Rodríguez Santana - Dra. Arlet I. Valle Avilés - Dra. Rebeca Vallejo Núñez
ACTIVIDADES CIENTÍFICAS
- Recordamos que el curso “Planificación de prótesis sobre implantes” (Dr. Javier Casas), inicialmente previsto para los días 22 y 23 de febrero ha debido ser desplazado al último trimestre del año a solicitud del patrocinador, 3 i. Se informará de la nueva fecha en breve.
- JUEVES CIENTIFICOS. En la anterior circular se informaba del interés de la Junta Directiva por recuperar esta actividad, programada inicialmente para los jueves a partir de las 20,30, en sesiones de entre hora y media y dos horas de duración y con una frecuencia, al menos, mensual. Pedimos a todos los colegiados/as interesados que a la brevedad posible envíen al Colegio un breve resumen de los temas que estén dispuestos a exponer. Proponemos los siguientes formatos: o Exposición de casos clínicos o Exposición de un tema concreto con o sin aportación de casos clínicos o Revisiones bibliográficas o Mesa redonda/foro de debate sobre temas de actualidad Asimismo, agradeceríamos de todos/as que, por cualquier medio, hiciesen saber a la comisión científica (sugerimos comunicarlo telefónicamente o mediante correo electrónico) qué temas serían de su interés exponer o debatir a fin de que sean tenidos en cuenta para la planificación.
OTRAS ACTIVIDADES
- Sesión informativa sobre el Estatuto del Trabajador Autónomo. Tendrá lugar el 6 de marzo a partir de las 20,00 horas en la sede del Colegio. Estará a cargo del Gerente y Letrado del Colegio de Sevilla, D. Francisco Monedero. Recordamos la importancia de esta materia para aquellos colegiados/as que ejerzan profesionalmente en consultas o clínicas que no sean la suya propia.
- Sesión informativa sobre la ley de Sociedades Profesionales. Tendrá lugar el 3 de abril de 2008, y estará a cargo del Letrado del Colegio de Huelva, D. José María Mora. Insistimos en la importancia de esta materia para los colegiados/as que ejerzan la profesión conjuntamente con otros profesionales.
- Mini-curso de “Introducción a Internet y correo electrónico”, dirigido a colegiados/as que deseen introducirse en estas tecnologías. Para fijar la fecha y las condiciones generales, agradeceremos a tod@s los interesad@s que contacten con el Colegio para ir elaborando un listado. Inicialmente el curso se efectuaría un viernes en jornada de tarde, si bien tanto el contenido como el horario definitivo se acomodará a la demanda mayoritaria. Este curso está inicialmente previsto para el mes de marzo y sería impartido en un aula informática que debería contratar el Colegio, por lo que es imprescindible tener cuanto antes el listado de asistentes.
Boletín informativo número 27
Diciembre 2007
NOVEDADES LEGISLATIVAS Y SENTENCIAS
Dos textos legales de reciente aparición han introducido algunos cambios importantes que afectan al ejercicio profesional: en mayor medida, la Ley de Sociedades Profesionales, y en menor medida, aunque también significativamente, el Estatuto del Trabajo Autónomo. Dada la importancia de estos temas, se van a organizar unas jornadas informativas para que el Asesor Jurídico exponga los aspectos más relevantes y los asistentes tengan la oportunidad de aclarar sus dudas. En una próxima circular, y a través de la página web del Colegio se informará de las fechas. Por el momento ofrecemos el siguiente resumen.
1.- LA LEY DE SOCIEDADES PROFESIONALES.
Durante el Pasado mes de Junio entró en vigor la Ley de Sociedades Profesionales, norma que establece un nuevo marco jurídico para el ejercicio en común de la actividad profesional. Esta norma afecta a los profesionales que ofrecen servicios profesionales en común, los cuales deben de constituirse y organizarse en Sociedades Profesionales, toda vez que aun cuando no lo hagan, la ley establece una extensión de responsabilidad para todos los que ejerzan colectivamente. El plazo para adaptarse que tienen las sociedades ya existentes es hasta Junio del próximo año. Por tal motivo, durante el primer trimestre de 2008, se celebrará una jornada informativa por parte del Colegio.
2.- ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO.
Se ha promulgado el Estatuto del Trabajador Autónomo, que ha entrado en vigor en Octubre último. Esta norma afecta principalmente a aquellos dentistas que trabajan en la sanidad privada bien para entidades, o bien para otros dentistas a través de contratos de naturaleza mercantil. Lo más importante es que regula la figura del Profesional Autónomo Dependiente, como aquel que desarrolla su actividad para una persona o entidad del que depende económicamente, considerándose esta circunstancia cuando al menos el 75% de sus ingresos depende del mismo pagador. Para estos profesionales se contemplan una serie de derechos antes no reconocidos como las vacaciones anuales, el descanso semanal, la jornada máxima, y asimismo la forma escrita del contrato, con un plazo de adaptación hasta abril de 2008 para los ya existentes. También se prevé la realización de una jornada informativa durante el primer trimestre de 2008 a celebrar en el Colegio.
INTRUSISMO PROFESIONAL
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Huelva, ha condenado a un protésico dental a penas de arresto de fin de semana y multa, como autor de dos delitos de intrusismo y lesiones por imprudencia como consecuencia de la realización de un tratamiento de implantes a una paciente, además de la indemnización a esta equivalente al tratamiento que ha de realizársele así como a una cantidad diaria por el tiempo de curación y estabilización del cuadro que presenta. La entidad en la que se realizó el tratamiento ha de responder solidariamente de las indemnizaciones establecidas. La sentencia ha sido recurrida por parte de la defensa del protésico dental Asimismo, en Valladolid, la Audiencia Provincial ha condenado a una protésico dental a veinte años de cárcel además de indemnización como autora de un delito continuado de intrusismo profesional.
MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS
Se ha ultimado una modificación en los estatutos de cada colegio (entre otras razones, para adaptarse a las novedades legislativas) que está pendiente de se tramitada ante la administración autonómica. El proyecto está a disposición de los colegiados que deseen consultarlo y será sometido a votación en la próxima Asamblea General.
ASUNTOS JURIDICOS DE INTERES PARA LA COLEGIACION
En varias ocasiones se ha propuesto, por parte de diversos segmentos de la colegiación (sobre todo los más jóvenes que se incorporan a la actividad profesional por primera vez) que se organicen sesiones informativas y orientativas en materia de regulación de la profesión, requisitos para el ejercicio, obligaciones en materia fiscal, procedimientos administrativos, etc. Rogamos a tod@s los interesad@s se dirijan al Colegio por cualquier medio (preferentemente por correo electrónico) para dejar constancia de su demanda y permitir una ordenada organización de estas sesiones por parte de la Asesoría Jurídica.
ACTIVIDADES CIENTÍFICAS
I. CURSOS DEL CONSEJO GENERAL
Tenemos ya programados los siguientes cursos de la FDE:
- Integración de los implantes en la odontología de vanguardia (Dr.Gustavo Cabello Domínguez): 25 y 26 de Abril.
- Terapia periodontal regenerativa y mucogingival basada en la evidencia. Actuación y aplicaciones clínicas (. Dres. Antonio Liñares González y Fernando Franch Chillida): 24 y 25 de octubre.
II. CURSOS ORGANIZADOS POR EL COLEGIO
- Planificación de prótesis sobre implantes (Dr. Javier Casas): 22 y 23 de febrero (patrocinado por Biomed y 3 i).
- Internet básico y correo electrónico. Nos hemos marcado el objetivo de que al menos el 75 % de la colegiación disponga de correo electrónico, lo cual agilizará notablemente las comunicaciones con el Colegio; de hecho, la nueva página irá orientada a facilitar las gestiones colegiales por vía telemática. Animamos a quienes aún no estén familiarizados con esta tecnología y a todos los que deseen actualizar conocimientos lo comuniquen para ir confeccionando un listado. La empresa Aseting Informática se ha ofrecido desinteresadamente a impartir cursos cortos, de una o dos tardes.
III. OTRAS ACTIVIDADES
Proponemos recuperar los “jueves científicos”, actividad ya iniciada con la anterior Junta Directiva y cuyo formato recordamos para los nuevos colegiados y sobre todo para los jóvenes profesionales que sin duda son los que más pueden beneficiarse. Se trata de reuniones cortas, de entre una y dos horas (aunque realmente sin límite de tiempo) durante los cuales uno o más colegiad@s exponen un tema de carácter eminentemente práctico. Lo que se persigue fundamentalmente es transmitir experiencia profesional práctica. Las reuniones son los jueves después de las 20,30 horas. Rogamos a todos aquell@s que deseen exponer alguna presentación lo comunique al Colegio a fin de iniciar la organización de esta actividad lo antes posible. Igualmente, todos los colegiad@s que estén interesados en alguna materia concreta, puede notificarlo A?l?u?para constituir una base de datos sobre los temas que susciten mayor interés y orientar hacia ellos esta actividad. Es preferible utilizar para estas comunicaciones el correo electrónico.
VARIOS
- Consejo Autonómico.- El pasado 28 de Abril resultó reelegido como Presidente del Consejo Autonómico el Dr. Luis Cáceres y como Vicepresidente el Dr. Romeo Moya.
- Vademécum.- Existe la posibilidad de disponer de ejemplares del Vademécum Internacional para aquell@s colegiad@s que lo soliciten. Intersad@s contactar con el colegio por teléfono o (preferiblemente) correo electrónico.
- Página web.- Se procederá en breve a una remodelación de la página web del Colegio. Entre otros aspectos, se ampliará la sección de información a los usuarios y se dispondrá de una sección bajo contraseña para l@s colegiad@s donde estará disponible información de carácter profesional y colegial. Agradeceríamos colaboración en los siguientes aspectos: 1) aportar ideas sobre los contenidos que debería tener el área de información general a los usuarios, incluyendo imágenes clínicas. 2) Aportar ideas sobre los contenidos que debería tener el área de carácter profesional y colegial.
ENCUESTA SOBRE HONORARIOS PROFESIONALES
El Consejo General está efectuando un estudio sobre los honorarios que se aplican a los diversos actos profesionales. Es de sumo interés, ya que se empleará como base para futuras decisiones importantes, como por ejemplo, posibles negociaciones en materia de seguros. Hace un año se remitió el formulario a la colegiación, pero prácticamente no se obtuvo respuesta. Se volverá a remitir, de momento, a todos los que dispongan de correo electrónico rogando que se empleen unos cuantos minutos en su cumplimentación, que redundará en beneficio de todos.
NECROLOGICA
El pasado 27 de noviembre falleció en Sevilla el compañero D. José Luis Ruiz de Copegui, tras una gravísima enfermedad de rápida progresión. Había ejercido durante muchos años en su consulta de Bollullos del Condado.
El día 7 de diciembre falleció en Huelva el Letrado D. Juan Mora, padre de nuestro asesor jurídico D. José María Mora. A lo largo de su dilatada vida profesional destacó como asesor jurídico del Colegio Oficial de Médicos, cargo que ejerció hasta su jubilación.
Desde estas líneas deseamos expresar nuestro pésame a las familias y nos solidarizamos en estos difíciles momentos. Descansen en paz.
Boletín informativo número 26
Diciembre 2005
LOTERÍA DE NAVIDAD
Está a disposición de los Colegiados hasta el día 19 de diciembre de 2005 la Lotería que todos los años el Colegio reserva para el Sorteo de Navidad, siendo este el número que se juega estas navidades el 42.447.
Todos aquellos Colegiados que están interesados en la compra de algún décimo completo, pueden hacer su reserva en las oficinas del Colegio de Lunes a Viernes de 9 a 13 horas, o reservarlo por teléfono, con el ruego de su retirada antes del sorteo del próximo día 22 de diciembre de 2005.
RECIBO DE BASURA INDUSTRIAL
Dentistas ejercientes en Huelva Capital Se recuerda que aunque se estén recurriendo los recibos que el Ayuntamiento de Huelva ha girado por la denominada “Basura Industrial”, el recurso no es obstáculo para que haya que abonar el recibo. Por ello se recuerda que han de abonarse los recibos que por importe de 60 Euros han sido girados por el Ayuntamiento para este ejercicio.
TRABAJO POR CUENTA AJENA ULTIMOS PRONUNCIAMIENTOS JUDICIALES SOBRE OBLIGACIÓN DE COTIZACIÓN
Se están pronunciando distintos Tribunales de nuestro país considerando la prestación de servicios por dentistas para entidades de forma permanente, como trabajadores por cuenta ajena con obligación para estas empresas de dar de alta a los Trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social, y no como Autónomos, lo que supone que es la empresa y no el dentista el que ha de cotizar a la Seguridad Social.
Cualquier duda sobre este tema puede ser consultado con la Asesoría Jurídica.
EQUIPAMIENTO FARMACOLÓGICO DE CONSULTAS DENTALES
Se ha recibido una oferta de la entidad MEDICALB de suministros de equipamiento farmacológico que a continuación se relacionan por importe total de 133,36 Euros (+ 7% IVA) con entrega a domicilio en plazo inmediato. La relación del equipamiento es el siguiente:
.- Alcohol 1 Litro. .- Agua Oxigenada 1 Litro. .- Aguja Caja 100 todos calibres. .- Jeringa 2ml. Caja 100. .- Jeringa 5ml. Caja 100. .- Guante Latex Caja 100. .- Guante Vinillo caja 100. .- Guante Nitrilo Caja 100. .- Seda Sutura con aguja todos calibres. .- Sobre Gasa Esteril 5un. .- Algodón 1 kilo. .- Agua Destilada 5 litros. .- Papel Secamanos rollo 150m. .- Placa Orto 15x30 caja 100. .- Placa Orto 18x24 caja 100. .- Revelador 5 litros. .- Fijador 5 litros.
AVISO RETIRADA PRODUCTOS ENJUAGUE BUCAL ORAL KIN FREE
Se ha recibido de la Agencia Española de Medicamentos, una resolución que ordena la prohibición de la comercialización, utilización y retirada del mercado de las prestaciones y lotes de los productos enjuague bucal oral KIN FREE.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Se nos ha anunciado por la entidad aseguradora AMA los precios de renovación de póliza de Responsabilidad Civil para el próximo ejercicio, el cual asciende a la cantidad de 193,65 Euros.
Asimismo se nos exige para el próximo año la firma por todos los asegurados del condicionado general de la póliza.
Por ello, durante el período que va hasta la fecha de renovación (28 de febrero de 2006) se recibirá dicho condicionado con el ruego y necesidad de que sea rubricado por cada colegiado adscrito a la póliza. Se ruega la máxima colaboración en este tema.
ABSOLUCIÓN DE UN DENTISTA POR LAS ANOTACIONES EN LA HISTORIA CLÍNICA
Un Juzgado de Huelva, ha absuelto a un dentista al que se le solicitaba una indemnización de casi 8.000 Euros por una parálisis como consecuencia de una extracción de un cordal.
A pesar de no existir consentimiento informado (por ser anterior a la Ley 41/2002), el Juzgado ha dictado un pronunciamiento absolutorio basado en la historia clínica en la que constata la realización de pruebas complementarias, así como información por el demandado y resto de dentistas que lo vieron (hasta 3), los cuales le habían informado de los pormenores de la intervención, así como sus riesgos y complicaciones.
Este pronunciamiento no significa que los dentistas deban de relajarse en materia de Consentimiento Informado, ya que la misma Sentencia reconoce esta obligación del facultativo como con reiteración se recuerda a los colegiados desde estas páginas.
LA GUARDIA CIVIL DE ARACENA DETIENE A UN PROTÉSICO POR INTRUSISMO PROFESIONAL
La actividad ilícita denunciada fue conocida a raíz de la petición, por parte de un paciente, de la subvención de una prótesis colocada con anterioridad por un protésico dental del término municipal de Aracena.
(Extracto de nota de prensa difundida por las Agencias el pasado mes de Septiembre)
La Guardia Civil de Aracena ha detenido, con posterioridad puesta en libertad con cargos y a disposición judicial, a J.A.G.M., de profesión protésico dental, acusado de haber realizado un trabajo de prótesis sin la necesaria e indispensable intervención y prescripción de un odontólogo o médico estomatólogo.
Las actuaciones denunciadas han sido conocidas a raíz y a consecuencia de la colaboración entre profesionales del Servicio Andaluz de Salud y el Colegio de Dentistas de Huelva, ya que derivan de una inicial denegación de subvención, por parte de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, a un ciudadano, L.S.M., para el reintegro del dinero abonado por una prótesis realizada directamente por un protésico, sin la prescripción facultativa necesaria.
Al serle denegada la subvención, L.S.M. se dirigió al centro de salud para que el facultativo le prescribiera la prótesis que ya tenía puesta con el objeto de obtener la subvención anteriormente mencionada.
Ante la lógica negativa de los profesionales a prescribir un trabajo ya hecho, se le informó al paciente de la posible existencia de una conducta ilegal por parte de quien le había realizado la prótesis, ya que este tipo de trabajos sanitarios requieren una específica actuación facultativa, para la cual los protésicos no están facultados por titulación ni por formación.
De hecho, la propia normativa sobre subvención de prótesis publicada en el BOJA de 16 de febrero de 2005, establece la necesaria prescripción del dentista para proceder a conceder la subvención.
Con posterioridad se produjo la intervención de la Guardia Civil, pues si bien inicialmente se pretendía el reproche de la conducta de los profesionales del Centro de Salud por “denegar la prescripción”, se tornó, gracias a la intervención de los organismo referidos, en la detención y puesta a disposición judicial del protésico dental.
La verdadera preocupación de los facultativos en estos hechos perseguidos por la ley radica en que nos encontramos ante pacientes que no han tenido un diagnóstico de los verdaderos problemas y enfermedades que pueden tener en su boca.
El hecho es que al no haber sido examinados por un dentista, puede que en el trabajo directo de un protésico, sin la necesaria intervención del facultativo, no se diagnostiquen otras enfermedades potencialmente peligrosas para la salud del paciente como quistes, ulceraciones, procesos infecciosos, patología mucosas, e incluso lesiones precancerosas.
Por ello los colegios de dentistas recuerdan a la población que si su prótesis dental ha sido realizada y adaptada sin la intervención de un dentista (odontólogo o médico estomatólogo), estos hechos pueden ser constitutivos de una conducta ilícita y perseguible según nuestro código penal y alienta a que se denuncien ante los juzgados o los propios colegios oficiales de dentistas.
Boletín Informativo número 25
Abril 2005
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DEL PASADO DÍA 16 DE MARZO DE 2005.
El pasado día 16 de marzo de 2005, y con motivo de unas manifestaciones del vicepresidente del Colegio de Protésicos de Andalucía D. José Manuel Urbano aparecidas en los distintos medios de comunicación en nuestra provincia, se convocó a los colegiados a una Asamblea General con carácter de extraordinaria, en la cual se expuso la situación y se decidieron las medidas a adoptar por parte del Colegio.
Habida cuenta de la importancia del tema, y al objeto de que la colegiación tenga constancia de los acuerdos que allí se tomaron, se transcribe a continuación un resumen del borrador del acta, en la que se exponen los temas tratados.
En Huelva, en el Salón de Actos del Colegio de Dentistas de Huelva, siendo las 20:30 horas y con la asistencia de 22 colegiados presentes, y uno representado se constituye en única convocatoria la Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Dentistas para tratar como único punto del orden del día el siguiente.
1.- Debate de las actuaciones a emprender y medidas a tomar en relación con las declaraciones del Vicepresidente del colegio de protésicos de Andalucía.
En primer lugar el Presidente da la bienvenida a los asistentes, y expresa su desazón por el hecho de que ante la trascendencia del tema, y las innumerables llamadas de colegiados indignados ante lo que supuso la rueda de prensa del Sr. Urbano, a esta Asamblea solo hayan concurrido 22 colegiados.
A continuación expone a los asistentes el motivo de la reunión, y refiere que el pasado día 8 de marzo, al mediodía en la Cadena COPE oyó una entrevista al Sr. Urbano en la que además de dar a conocer unas jornadas que se iban a celebrar en Huelva organizadas por el Colegio de Protésicos, reiteraba el mensaje que en otras ocasiones y en provincias andaluzas había expuesto, informando a la población en general de la no necesidad de ir al dentista para obtener una prótesis, y la atención directa por el protésico dental. Estas declaraciones fueron refrendadas por el propio Sr. Urbano a través de rueda de prensa de la que se hicieron eco los medios de comunicación al día siguiente, y en las que se iba más allá, calificando la conducta de los dentistas como "fraudulentas", e incluso alegando a "defraudaciones y estafas" por "inflar los precios de las prótesis por parte de los dentistas".
Ante dichas acusaciones totalmente infundadas, y al mismo tiempo por el hecho de que se incitaba a la población a acudir directamente a los laboratorios, se dirigió escrito urgente tanto a la Consejería de Salud, como a la de Igualdad y Bienestar Social (antigua Asuntos Sociales), al objeto de que ambos organismos nos recibieran y actuaran contra el autor de las manifestaciones.
Al mismo tiempo, por el Presidente del Colegio se procedió a convocar rueda de prensa en la que se contestó a las acusaciones en los términos que los asistentes ya conocen por la amplia difusión que tuvo el tema.
También se convocó esta asamblea y se empezó a trabajar en las distintas vías a nuestro alcance: judicial, administrativa e informativa.
El Delegado de Salud, en la mañana de hoy, recibió en el día de hoy al Presidente del Colegio de Dentistas de Huelva D. Manuel Astruc, a raíz de la petición que se cursó por este último como consecuencia de las manifestaciones que la semana pasada se vertieron por parte del Vicepresidente regional del colegio de protésicos dentales de Andalucía, José Manuel Urbano, que en rueda de prensa acusó indiscriminadamente a los dentistas de conductas contrarias a la ley y competencia desleal por parte de estos profesionales sanitarios.
El Delegado de Salud, como máxima autoridad sanitaria en la provincia transmitió que desde esa Delegación y en el ámbito de sus competencias, se perseguirá aquellas conductas que le sean denunciadas y por las que se ponga en conocimiento del organismo que por parte de personal no cualificado como pueden ser los protésicos dentales, se trate directamente a pacientes en patologías en la boca, dejando clara que la función de estos son las recogidas en la ley 10/1986, que refiere que los protésicos dentales tienen como función la de "diseñar, preparar, elaborar, fabricar y reparar prótesis dentales", actividad que se ha de desarrollar en los laboratorios, establecimientos que únicamente pueden estar destinados a tal fin, sin que tengan como función la de recibir y atender a pacientes.
Asimismo, desde la Delegación de Salud, planteó la posibilidad, a estudiar en un futuro inmediato, de acercamiento a los dentistas de la provincia para tratar de llegar a acuerdos de colaboración en la lucha común contra el intrusismo en la profesión, y al mismo tiempo para poder favorecer a aquellas personas con escasez de recursos en aras de la difusión de la importancia de la salud bucodental, así como las prestaciones que la propia Junta de Andalucía tiene establecidas para personas desfavorecidas a través de la Consejería de Bienestar Social.
Asimismo se comprometió ( y así se ha solicitado por escrito) a facilitar los listados de clínicas y laboratorios legalizados, pues también se ha comprobado la existencia de laboratorios no legalizados por Sanidad, con las consiguientes posibles repercusiones para dentistas que remiten trabajos a los mismos.
En todo momento el Presidente deja claro que la actitud no es contra la profesión de protésico en general, sino precisamente contra aquellos que fomentan el intrusismo o que están al margen de la ley.
A continuación cede la palabra a los asistentes, los cuales emiten distintas consideraciones sobre lo ocurrido, y se reflexiona sobre la debilidad del código penal en materia de intrusismo, así como la imagen no muy favorable que tiene la profesión. Se lanzan distintas ideas sobre el desarrollo de una campaña de imagen a nivel local, y asimismo lo necesario de que la población sepa cual es el campo de actuación de cada profesional, así como una educación sanitaria e información a los más desfavorecidos en materia de subvención de prótesis dentales que proporciona la Junta de Andalucía.
En este último tema, el Presidente aclara que uno de los motivos que han dado lugar a las manifestaciones del Sr. Urbano es el hecho de que desde la propia Junta de Andalucía se ha establecido como requisito para obtener una subvención de prótesis, que el dentista certifique que la prótesis que tiene el paciente se corresponde con el trabajo prescrito, evitando así, como al parecer venía sucediendo, que se subvencione un trabajo en el que no intervino un dentista y que principalmente en pequeñas poblaciones podría estar ocurriendo. Sin duda esta modificación en la legislación sobre subvenciones ha hecho algo de daño a aquellos que venían desarrollando estas conductas al margen de la ley. Asimismo los asistentes agradecen la celeridad con la que se ha actuado por parte del Colegio.
Tras oír las opiniones de todos aquellos que quisieron intervenir, se pasa a adoptar los siguientes acuerdos en los que hubo unanimidad de los asistentes :
1.- Emprender las acciones legales que procedan contra los autores de las manifestaciones
2.- Creación de una comisión que lleve a cabo una campaña informativa en los medios de comunicación local, habilitando para ello una partida presupuestaria sin que suponga una derrama para la colegiación. Se constituye dicha comisión por los colegiados José García Gallardo, Damián Álvarez, Carlos Fisac y Luis Mora Muñoz.
3.- Informar de estos acuerdos tanto a la Administración como a los colegiados.
CUTA SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL
AMA
En los próximos días se va a pasar al cobro en la domiciliación habitual, la cuota correspondiente al seguro de R.C. Profesional a aquellos colegiados que lo tienen concertado a través del Colegio.
El importe de la cuota es de 187,33 Euros anual.
LISTADO DE PROTÉSICOS DENTALES COLEGIADOS EN HUELVA
La Delegación del Colegio de Protésicos en Huelva, ha facilitado a la Secretaría del Colegio un listado de sus colegiados al objeto de que tengamos constancia fehaciente de la legalidad de aquellos Protésicos a los que remitimos trabajo.
Dicha lista puede ser consultada en el Colegio, y si por algún colegiado existiera duda sobre si efectivamente el Protésico con el que trabaja pertenece a la referida Delegación, puede solicitarse esa información telefónica en la Secretaría del Colegio.
MUY IMPORTANTE
INSPECCIONES SOBRE RECETAS EN FARMACIAS DE LA PROVINCIA.
Algunos colegiados han recibido la notificación de la incoación de un expediente sancionador por parte de la Delegación de Salud, con proposición de infracción de carácter leve y multa de 300 Euros, ya que se han detectado en oficinas de farmacia algunas recetas expedidas por facultativos que carecen de los requisitos legales para ello.
Así, los expedientes de los que ha tenido constancia la Asesoría Jurídica del Colegio se basan para proponer infracción en el hecho de que faltan en las recetas privadas algunos de los requisitos que marca la legislación aplicable al respecto, como puede ser el nombre del paciente o la fecha de la prescripción.
A veces, el documento en el que se indica por el facultativo que ha de tomar una determinada medicación no es cumplimentado por el dentista con tales requisitos, porque el propio paciente manifiesta que lo único que desea es la indicación para que su médico de cabecera se lo recete con cargo a la Seguridad Social. Pero no es menos cierto que en muchas ocasiones no siempre se obra de esa manera por el paciente, y acuden a la farmacia con un documento que sin ser receta, contiene una indicación y se utiliza para la dispensación por el farmacéutico. Por ello, recomendamos expresamente que cualquier indicación a pacientes para tomar medicamentos, sea cumplimentada con los requisitos que marca la ley al respecto, y que reproducimos a continuación.
Artículo 7 del Real Decreto 1910/1984 de 26 de Septiembre sobre receta médica:
.- Forma de la receta y datos a consignar.
.- El nombre y dos apellidos del dentista prescriptor.
.-La población y dirección donde ejerza.
.- El Colegio Profesional al que pertenezca, número de colegiado.
.- El nombre y dos apellidos del paciente y su año de nacimiento.
.- El medicamento o producto objeto de la prescripción, bien bajo denominación genérica o denominación común internacional de la Organización Mundial de la Salud, cuando exista, o bajo marca con expresión de su naturaleza o características que sean necesarias para su inequívoca identificación.
.- La forma farmacéutica, vía de administración y, si procede, la dosis por unidad.
.- El formato o presentación expresiva del número de unidades por envase.
.- El número de envases que se prescriban. .- La posología, indicando el número de unidades por toma y día y la duración del tratamiento.
.- El lugar, fecha, firma y rúbrica. La firma y rúbrica serán las habituales del facultativo quien las estampará personalmente y después de completados los datos de consignación obligatoria y escrita la prescripción objeto de la receta.
Boletín Informativo número 24
Febrero 2005
ADECUACIÓN A LA LEGALIDAD DE CONSULTAS/CLÍNICAS
Nuevamente la Delegación de Salud está procedimiento a revisar expedientes de clínicas/consultas, y de forma aleatoria y sin que medie ninguna denuncia o queja, se está procediendo a efectuar inspecciones por parte del Servicio de Planificación de la Delegación de Salud.
Por ello, a través de las presentes líneas se hace un recordatorio de los requisitos básicos que han de cumplir las Clínicas aunque se aconseja que cuando se reciba la carta que anuncia la inspección, se consulte con el Colegio ante cualquier duda, dado que las inspecciones son muy exhaustivas.
Recordamos a continuación los principales requisitos cuyo incumplimiento en ocasiones están motivando actas de infracción:
1.- Disponer de Autorizción Administrativa de Instalación y Funcionamiento, expedida por la Delegación de Salud. En este apartado es importante que coincida el equipamiento (número de sillones, aparatos de Rayos, etc...) con el ques e hizo constar cuando se obtuvo la Autorización. También es importante que el personal que presta servicios coincida con el que dispone la Delegación de Salud, pues se solicitan los contratos.
2.- Plan de Tratamiento de Residuos.
3.- Sistema de Registro de Historias Clinicas (papel o informatizado)
4.- Relación completa del Personal con expresión de cualificación o titulación en el área de recepción.
5.- Iluminación no inferior a 500lux tipo luz día, evitándose deslumbramientos al paciente.
6.- Luces de emergencia.
7.- Extintores (teniendo en cuenta que han de tener superadas las inspecciones y colocados a una altura de 1.50m).
8.- En caso de Aparatos de Rayos X, autorización de industria, contrato de mantenimiento y titulación.
9.- En cuanto al equipamiento y mobiliario, así como higiene, esterilización y fármacos.
ASISTENCIA A CURSOS
Estamos comprobando que los cursos que se vienen impartiendo en el colegio no gozan de la asitencia en número que sería deseable.
Por ello nos gustaría conocer la opinión generalizada de lo que motiva el escaso éxito en asistencia que estos tienen, tratando de que se cree una crítica constructiva que nos ayude a mejorar.
Además, en la última Asamble se sugirió que sería importante que los compañeros se animaran a compartir sus conocimientos a través de charlas, coloquios "jueves científicos", por lo que rogamos que aquel que desee ofrecer este tipo de colaboración, se dirija al colegio con tal fin.
CURSO INGLÉS
Se ha recibido en el colegio una oferta para impartir a los Dentistas cursos de inglés.
Dicho curso tiene como objetivo fundamental fomentar la habilidad lingüística de los odontólogos y de los estomatólogos de forma que puedan comunicarse adecuadamente en inglés dentro del ámbito de su profesión, cuando vayan de viaje en congresos o realicen prestaciones, etc. Parte del curso estará dedicada a practicar el inglés hablado a través de diferentes simulacros de situaciones frecuentes en la vida diaria de un país de habla inglesa, para así ayudar a mejorar la comprensión auditiva y la comunicación oral.
Dado que se necesitan un mínimo de alumnos, se ruega que aquellos colegiados que estén interesados lo comuniquen a la secretaría para poder organizar el mismo.
IMPORTANTE: SUBVENCIONES DE PRÓTESIS POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
El pasado 16 de febrero se publicó en el BOJA, la convocatoria anual de subvenciones de prótesis dentales para personas con escasos recursos.
El año pasado, desde este Colegio se detectó una circunstancia que hacía que en determinadas ocasiones, se estaban subvencionando trabajos no siempre realizados por dentistas, ya que no se exigía más que una prescripción de prótesis, y no una factura o informe del facultativo que expresara que el trabajo realizado había sido adaptado por él.
Este año, y tras los distintos por los Colegios de Dentistas andaluces, se ha introducido un requisito más para que los pacientes puedan obtener la subvención, ya que además de la prescripción facultativa, expresamente se indica que una vez finalice el trabajo, el dentista ha de emitir certificación relativa a que la factura se corresponde con la prescripción realizada.
Por ello, y para facilitar la labor burocrática en este aspecto, se acompaña modelo tanto del informe/prescripción de prótesis, como de la certificación sobre el trabajo realizado.
Ni que decir tiene, que aquellos que detecten que un paciente con la prótesis ya puesta por otro, solicita de un dentista un certificado sobre adecuación de la factura al trabajo realizado, se ruega se le solicite información al paciente de quien se la ha colocado con petición de la factura sobre la que hay que certificar, y en caso de poder tratarse de un tema de intrusismo, se informe seguidamente al Colegio para actuar en consecuencia.
Boletín Informativo número 23
Octubre 2004
NUEVOS CURSOS
.- 22 DE OCUBRE.- APICEPTOMÍA E INFECCIONES BUCALES - Dictante D. Manuel María Romero Ruiz, Médico Estomatólogo, Máster en Cirugía Bucal. Profesor de la Facultad y Master Universitario de Cirugía Bucal de la Facultad de Odontología de Sevilla.
El horario del curso será el referido viernes 22 de 19:00 h. a 21h.
Este curso se imparte con el patrocinio del laboratorio GLAXOSMITHKLINE.
.- 4 DE NOVIEMBRE.- JORNADA SOBRE INFORMÁTICA EN LA CLÍNICA DENTAL Y LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS: ASPECTOS PRÁCTICOS.- Dictantes D. José Luis Rodríguez García; Dr. D. Eugenio María Cordero Acosta y Dr. D: Juan Luis Cordero Acosta.
El horario del curso será de 20:30 horas a 21:30 horas.
Este curso se imparte con el patrocinio de ASETING INFORMÁTICA.
CAMPAÑA DE IMAGEN
En las últimas semanas, ha comenzado nuevamente la Campaña de Imagen de la Profesión, en los distintos medios de comunicación, llegando ya a su tercera edición.
Se recuerda que esta campaña, está financiada directamente por todos los dentistas de España, siendo gestionada directamente por nuestro Consejo General en Madrid, y estando obligados todos los colegiados a abonar los recibos que a dicho fin, han sido establecidos a nivel nacional.
Por ello, en los próximos días, se girará la cuota extraordinaria por importe de 54€ correspondiente al segundo semestre, cantidad que íntegramente será abonada al Consejo General para financiar la Campaña de Imagen aludida.
VADEMECUM / CD
Se dispone en la sede del Colegio de ejemplares del Vademécum de medicamentos, en versión CD, para aquellos colegiados que estén interesados en el mismo. Puede recogerse en las oficinas del Colegio en su horario habitual.
CURSO RAYOS X
Se ha alcanzado el mínimo de alumnos necesario para impartir en Huelva el Curso de Rayos X, a celebrar en los próximos meses, en fechas por concretar. No obstante, y al no haberse llegado al máximo, existe aun la posibilidad de apuntarse al mismo. En los próximos días se concretará el calendario e importe de la matrícula, recordando que se trata de un curso de capacitación, necesario para poder ser Director de Instalaciones de Radiodiagnóstico, requisito imprescindible para toda clínica que tenga este tipo de aparatos.
DENUNCIAS / RECLAMACIONES
En los últimos meses, estamos detectando un incremento en todo tipo de reclamaciones a profesionales de la sanidad en general, y de la Odontoestomatología en particular.
Por ello, una vez más se insiste en la necesidad de disponer por un lado de una cobertura de Seguro de Responsabilidad Civil, y por otro lado, de obtener el consentimiento informado previo a la realización de tratamientos.
Al mismo tiempo, los Tribunales están siendo cada vez más duros en cuanto a las indemnizaciones y condenas principalmente en aquellas técnicas en las que se busca una solución estética y no funcional, y en aquellos tratamientos en los que se anuncian con garantía de resultados.
Se recomienda que ante cualquier reclamación o dudas sobre si conviene devolver lo abonado a un paciente que se presenta en la consulta con dicho ánimo ante la ausencia del resultado pretendido, se contacte con la Asesoría Jurídica previamente a dar algún paso que luego pudiera ser perjudicial en lo sucesivo.
RECIBOS CÁMARA DE COMERCIO
Nuevamente se está detectando que la Cámara de Comercio de Huelva, está girando recibos relativos a las cuotas camerales a profesionales de la Odontoestomatología, cuando los profesionales liberales, están exentos de dicha cuota, tal y como se ha hecho constar en numerosas ocasiones, y en tal sentido nos hemos dirigido a esa institución. Por ello, se ruega que aquellos a los que se les gire el recibo, faciliten una copia de mismo a la Secretaría del Colegio para contactar con la Cámara y proceder a su anulación.
GUÍA PUNTEX
Se informa a los colegiados que aquellos que deseen aparecer con los datos de su consulta en la Guía Puntex, que han de autorizar expresamente la cesión de sus datos al Colegio. Se recuerda que en esta guía nacional aparecen los datos de casi todas las clínicas de España, siendo pues importante aparecer en la misma. Al mismo tiempo, aquellos que no tenga actualizados sus datos profesionales en el Colegio o en dicha guía, es conveniente que procedan a su actualización.
Boletín Informativo número 22
Mayo, 2004
INSPECCIONES CONSULTAS
Se recuerda que por parte de la Delegación de Salud, se está procediendo a inspeccionar las consultas, principalmente aquellas que se registraron al inicio del funcionamiento del Servicio de Planificación (años 1995 y 1996).
Se recuerda que es necesario tener actualizados en la Delegación de Salud los datos y titulación del personal a cargo, así como el horario de funcionamiento, que ha de ser siempre compatible con otras obligaciones (otras consultas, trabajo para el S.A.S., etc...)
Para cualquier duda, se aconseja contactar con las oficinas del Colegio.
ASUNTOS SOCIALES - SUBVENCIÓN DE PRÓTESIS
En la última circular, se exponían una serie de consejos sobre las solicitudes que se reciben en las consultas por parte de los pacientes, que solicitan un presupuesto o indicación e prótesis dental con el objeto de solicitar una subvención ante la Consjería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía u otros organismos.
Para solventar estas dudas, acompañamos modelo de indicación y presupuesto de prótesis, muy similar al que los distintos distritos de Atención Primaria vienen consensuando como el indicado para este tipo de prescripción, que así mismo se acompaña para aquellos que trabajan para el S.A.S.
En caso de que el paciente solicite presupuesto, se aconseja requerir al paciente una entrega a cuenta una vez se entregue al mismo, con el fin de evitar el intrusismo en nuestra profesión de personas no autorizadas, así cjomo la subvención de forma incorrecta de prótesis dentales. Por ello, se acompaña modelo de prescripción y modelo de presupuesto que recomendamos su utilización por parte de los colegiados.
NORMATIVA SOBRE PUBLICIDAD BUCODENTAL
A menudo, se dirigen a este Colegio numerosas consultas de colegiados y ciudadanos, que solicitan información sobre si determinadas publicidades que se difunden por parte de Clínicas Dentales, están o no permitidas.
A este respecto, conviene recordar que el pasado mes de Enero de 2003, entró en vigor por parte del Consejo General de Colegio de Dentistas de España, la NORMATIVA DE PUBLICIDAD DE BIENES Y SERVICIOS RELTAIVOS A LA SALUD BUCODENTAL, en la cual, con la finalidad de dar un paso adelante en el proceso de liberalización publicitaria para los profesionales, se aprobaba por parte del Consejo, y con el aval del Tribunal de Defensa de la Competencia, una nueva normativa publicitaria.
Esta noramtiva, que es de aplicación tanto a los colegiados, como a los establecimientos en los que los mismos trabajen, fue remitida a los colegiados por parte del Consejo General. No obstante lo anterior, aquellos colegiados que deseen un ejemplar, pueden solicitarlo en nuestra sede colegial.
Desde estas líneas, queremos repoducir losprincipales principios que se contienen en los artículo 3 y 4 de la referida normativa:
ARTÍCULO 3.- PRINCIPIO GENERAL DE LIBERTAD DE PUBLICIDAD;
Con carácter general, está permitida, sin necesidad de autorización o comunicación previa, toda la publicidad buco-dental, sin perjuicio de las prohibiciones, restricciones o limitaciones que pudieran establecerse en cualquier legislación que fuera aplicable o en la presente normativa.
ARTÍCULO 4.- PUBLICIDAD ILÍCITA;
1.- A los efectos de la presente normativa, se considera ilícita la publicidad buco-dental que sea engañosa, desleal o que infrinja cualquier legislación que le fuera aplicable.
2.- Se considera publicidad buco-dental engañosa aquella que induce a error a su contratación del bien o servicio a que se refiera. En particular, se considera engañosa toda publicidad buco-dental:
(i) En relación con el profesional:
.- que exagere las capacidades del propio profesional o que haga referencia a la calidad de los servicios expresando el porcentaje personal de éxitos cosechados;
.- que haga referencia a títulos profesionales inexistentes en España (de forma que quien estuviera en posesión de títulos extranjeros deberá expresarlos en el idioma original salvo que existiera en España un título oficial equivalente);
.- que haga referencia a la condición de "especialista", dejando a salvo la posibilidad de que quien se dedique a actividades mono-disciplinares o específicas califique dicho jercicio como "dedicación exclusiva" o "dedicación preferente"
(ii) En relación con los servicios:
.- que utilice o mencine medios diagnósticos, de prevención, curación, antisepsia o de cualquier otro tipo, de obligada u obvia necesidad o de uso generalizado para el desarrollo de la actividad;
.- que ofrezca garantía de los productos o de los tratamientos "de por vida" o por plazos superiores a los que fueren razonables, según criterios científicos del momento.
(iii) En relación con los tratamientos:
.- que prometa determinados resultados o induzca a la creencia de que se va a producir determinado resultado, o que proporcione seguridades de alivio o de curación cierta;
.- que haga referencia al dolor en los tratamientos, o a la duración de los mismos;
.- que haga referencia a tratamientos cuyos efectos preventivos o terapéuticos no estuvieran respaldados por suficientes pruebas científicas o técnicas acreditadas por la Organización Colegial.
(iv) En relación con los honorarios:
.- que ofrezca como prestaciones gratuitas aquellas que ya de por sí deban considerarse incluidas en tratamientos complejos o por las que no es costumbre profesional percibir honorarios; o
.- que haga referencia a precios o honorarios profesionales sin especificar con claridad o sin omisiones los servicios incluidos o excluidos en los mismos.
3.- Se considera publicidad buco-dental desleal aquella que, aun no siendo engañosa, tenga por objeto opueda producir el efecto de provocar el descrédito o el menosprecio de otro dentista. En particular, se considera desleal toda publicidad buco-dental:
.- que denigre, limite o induzca a confusión con la identidad o los servicios de otros compañeros.
.- que exponga símbolos, diseños, dibujos, fotografías o cualesquiera otro medio de expresión plástica que induzcan a error con los de otros profesionales, sean indignos, o sean propios de la Organización Colegial y no se cuente con la debida autorización;
.- que suponga una vulneración del deber de secreto profesional o utilice los nombres o la imagen de pacientes o de personas famosas o conocidas por el público, aun cuando tuvieran el consentimiento de los mismos; o
.- comparativa, o que incluya términos (como "más" o "mejor"), incluso cuando la comparación se apoyara en características esenciales u objetivamente demostrables.
Al mismo tiempo, en la normativa citada se establece un sistema mediante el cual, cualquier colegiado o porpietario de Clínica o Consulta, puede solicitar del Colegio Provincial una consulta sobre si la publicidad que desea realizar puede considerarse lícita al amparo de la normativa en vigor.
Por ello, el Colegio aconseja a los posibles anunciantes (dentistas o Clínicas / Consultas Dentales) que por parte de los mismos, se proceda a utilizar este servicio colegial, no solo por verificar si la publicidad es o no ajustada a la norma, sino también para evitar posibles malentendidos o conflictos, que con el anuncio publicitario en la materia en ocasiones se produce.
También se aconseja seguir el mismo procedimiento, principalmente para evitar posibles malentendidos, con motivo de las apariciones en la prensa que a menudo se producen, ya que en ocasiones, por parte de los periodistas se tergiversa y malinterpreta la información que el profesional le ha trasmitido con anterioridad.
BOLSA DE CONTRATACIÓN DEL SAS
Se ha remitido al colegio la baremación de la última mesa de contratación para sustituciones por parte del Servicio Andaluz de Salud. Esta puntuación también está expuesta en el tablón de anuncios del organismo, en Gran Vía, 6.
TRABAJO POR CUENTA AJENA-AUTÓNOMOS
Se informa a aquellos colegiados que realicen su actividad profesional por cuenta ajena(bajo dependencia directa y exclusiva de una persona física o entidad) que no existe para ellos la obligación de cursas alta en el RETA (Régiment Especial de Trabajadores Autónomos), por cuanto que en estos casos, la obligación del empresario es la de darles de Alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Se recomienda que cualquier duda que puedan tener los colegiados sobre su encuadramiento en la Seguridad Social sea consultada con la Asesoría Juridica del Colegio.
SENTENCIA SOBRE INTRUSISMO EN CÁDIZ
PROTÉSICO DENTAL CONDENADO EN CÁDIZ A DOS AÑOS DE PRISIÓN POR COLOCAR UNA PRÓTESIS DENTAL.- El Juzgado de lo Penal nº 2 de Cádiz ha dictado Sentencia "que ya es firme" contra J.A.S.M. como autor de un delito de intrusismo con agraventa de reincidencia, a la pena de dos años de prisión; como autor de un delito de imprudencia con resultado de lesiones, a la pena de arresto de quince fines de semana, indemnización de 1.322,23 Euros y costas, incluidas las devengadas por la acusación particular.
Señala la Sentencia que ha quedado acreditado que el contenido no se limitó sólo a la fabricación de piezas dentarias, bajo la prescripción e indicaciones de un odontólogo, sino que realizó otras funciones tales como poner anestesia al paciente, tallarle dos caninos para posteriormente usarlos como pilares en una prótesis fija que le colocó, así como tomarle las impresiones y manipular en su boca, que según la Ley 10/86 y el Real Decreto 1594/94, así como una reiterada jurisprudencia, son actos de competencia exclusiva del Dentista.
Como podéis comprobar esta sentencia viene a confirmar nuevamente nuestras directrices y planteamientos con respecto a la defensa de la salud bucodental y general de la población y de nuestros propios y más que legítimos intereses, desmintiendo con la legalidad vigente tergiversadas aspiraciones e interpretaciones sobre la prescripción, la receta, la factura, la ley del medicamente, las competencias del dentista y del protésico, etc. Por ello nada ha cambiado al respecto y si en un procedimiento judicial.
Boletín Informativo número 21
Marzo, 2004
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL AÑO 2004
En los próximos días, se va a pasar al cobro en la domiciliación habitual, la prima correspondiente al ejercicio 2004 (desde 1 de marzo) del Seguro de Responsabiliad Civil Profesional de aquellos colegiados que están adscritos a la póliza colectiva del Colegio. El importe para este ejercicio es de 187,33 Euros.
Se recuerda a los colegiados que con la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias (LOPS), para el ejercicio privado de la profesión de Dentista así como para el resto de profesiones sanitarias, es requisito necesario disponer de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional (o garantía o aval) que cubra las posibles indemnizaciones que pudieran ser exigidas a los facultativos con motivo de su ejercicio profesional.
Por ello, el Colegio dispone de una póliza colectiva, a la que pueden adscribirse los colegiados que lo deseen, suscrita con la entidad AMA. Cualquier duda o información adicional sobre el tema, puede ser consultada en las oficinas del Colegio.
CAMARA DE COMERCIO.
Se recuerda a los colegiados que no existe obligatoriedad de abonar las cuotas camerales que en algunas ocasiones y por defectos en la elaboración del censo, gira la Cámara de Comercio de Huelva. A pesar de la inexistencia de la obligación del pago, recomendamos que se informe a la Asesoría Jurídica de que ha sido girado algún recibo, para hacer gestiones encomendadas a la anulación, y evitar posteriores incidencias como recursos, embargos, etc...
CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE DENTISTAS.
El Consejo Andaluz de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos, en su reunión del pasado día 5 de marzo, acordó por unanimidad el cambio de denominación, que pasa a ser la de CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE DENTISTAS, lo cual supone la adaptación de la denominación a la reforma legislativa recientemente aprobada (Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias) en la que nuestras profesiones se unifican en su denominación. En breve, se convocará Asambela por el Colegio de Huelva, con el objeto de adaptar nuestra denominación a lo aprobado por Ley.
ATENCIÓN DENTAL A MENORES POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA
La Junta de Andalucía, nos ha facilitado las estadísticas y memoria correspondiente al año 2003, de la repercusión incidencia en Huelva del PADI. Dichos datos, que pueden ser consultados en el Colegio, hablan de una incidencia de 6.062 niños atendidos durante el año 2003 (64,59% de la población destinataria).
ASUNTOS SOCIALES - SUBVENCIÓN A PRÓTESIS
Ante la detección de numerosas solicitudes a profesionales de PRESUPUESTOS que luego no se llevan a cabo, para la realización de prótesis dentales con el fin de solciitar subvención a la Consejería de Asuntos Sociales por parte de personas que cumplen los requisitos, desde el Colegio, independientemente de las gestiones que se están llevando a cabo con la Junta de Andalucía y otros organismos que las financian (Instituto Social de la Marina, Ayuntamientos, etc..) se recomienda.
.- Solicita a la hora de confeccionar el presupuesto, una entrega a cuenta que se justifica principalmente en el mero hecho de que la confección del presupuesto ya es un acto médico que debe ser remunerado como tal. Dicha entrega a cuenta sería detraída del total una vez se realiza la prótesis que normalmente ya previamente habrá subvencionado el organismo público.
.- En caso de no estimarse oportuno por el dentista solicitar una entrega a cuenta para la realizaicón de presupuesto, dejar constancia en el mismo por escrito, que "...el presente presupuesto se solicita a instancias de D. (nombre del paciente) para solicitar una subvención a la Junta de Andalucía (o Instituo Social de la Manira, Ayuntamiento o empresa...), autorizando al profesional que lo emite para que se dirija al organismo referido al objeto de comprobar la concesión de la subvención, que será empleada en retribuir la materializaicón del trabajo presupuestado". El profesional deberá realizar el presupuesto por duplicado y el ejemplar que se queda, deberá tener la firma del paciente que acredite la fecha en que se le hace entrega.
INSPECCIONES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
Algunos colegiados están recibiendo cartas de la Consejería de Salud en la cual se les comunica que van a ser inspeccionadas sus consultas en fecha que se anuncia con antelación.
Dichas insprecciones, no obedecen a ningún tipo de denuncia, sino al programa de control de establecimientos sanitarios de la Consejería de Salud, que está revisando las autorizaciones que en su mayoría se concedieron entre el año 1994 y 1997, sin que hasta la fecha se haya procedido a revisiones de este tipo.
En su día el Colegio proporcionó a los colegiados un manual, en el que se contenían una serie de consejos para una "auto-inspección", en los cuales se reflejaban las principales cuestiones que los inspectores suelen tener en cuenta.
Además de la Autorización de Instalación y Funcionamiento, es necesario que las clínicas dispongan de una relación actualizada del personal que presta servicios (con titulaciones de ellos) y el equipamiento farmacológico que se contempla en el Decreto. También se suele insistir por la Inspección en que esté vigente el contrato para tratamiento de residuos, así como que los aparatos de Rayos en caso de existir, estén autorizados.
No obstante, se recomienda que en caso de recibir la carta anunciando la inspección, se contacte con el Colegio para revisar la documentación y demás requisitos.
FORMACIÓN DE HIGIENISTAS DENTALES Y AUXILIARES DE CLÍNICA
En fechas recientes, algunos colegiados han recibido una carta dirigida por una Clínica Dental de Huelva, en la que se informaba que el Colegio de Odontólogos había encargado a dicha Clínica la organización de los cursos de formación para higienistas y auxiliares dentales para este año.
Ante las diferentes consultas que se han dirigido a este Colegio por parte de alguno de sus colegiados, el colegio INFORMA:
.- El Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Huelva no ha encargado a ninguna clínica concreta la organización de los cursos y formación de higienistas y auxiliares dentales.
.- El Colegiado que firmó esa carta, D. Fernando Boccio, ha pedido disculpas a la Junta Directiva del Colegio de Huelva que se hace extensiva a la colegiación por los problemas causados con motivo de la carta referida, en la que ha haido un malentendido por su parte con motivo de su intevención en la última asamblea de colegiados.
BOLSA DE CONTRATACIÓN DEL SAS
Se encuentra abierta la bolsa de contratación del SAS para trabajar como Odontólogo en el servicio público al objeto de cubrir las sustituciones, interinidades, etc... Por ello se informa a aquellos que puedan estar interesados en optar a dichos contratos, pueden inscribirse en la referida Bolsa de Trabajo (C/ Gran Vía, 6 de Huelva).
CLÍNICAS DENTALES "OBLIGACIONES"
En nuestra condición de propietarios de clínicas, lo que en definitiva supone que seamos empresarios individuales, tenemos que ser conscientes que hemos de cumplir una serie de obligaciones en materia fiscal, laboral, etc...
Estamos elaborando un pequeño Dossier/Manuel que recoge las referidas obligaciones, pero como avance, recordamos que aquellos principales puntos que todo dentista que regenta una clínica debe tener en cuenta y cumplir.
FISCALES.- Obligación de tributar a Hacienda por el impuesto de I.R.P.F. (en caso de empresario individual) o Sociedades (en caso de tener constituida Sociedad). Ha desaparecido el I.A.E. desde el año 2003 para aquellos que facturen menos de 600.000 Euros. Las obligaciones de tributación, obligan a llevar una contabilidad, con sus correspondientes libros de gastos, ingresos, etc... No existe obligatoriedad de satisfacer la cuota de la Cámara de Comercio.
LABORALES.- El Dentista tiene que estar incorporado al Régimen de Autónomos. Al mismo tiempo está obligado a cursar alta en Seguridad Social de los trabajadores a su cargo (auxiliares, higienistas...)
ADMINISTRATIVAS (CLÍNICA).- La Clínica o Consulta, como establecimiento sanitario ha de disponer de autorización administrativa de instalación y funcionamiento, que otorga la Delegación de Salud. Esta obligación lleva implícita una serie de requisitos que se contemplan en los Decretos sobre Establecimientos Sanitarios (equipamiento framacológico, dotación de recursos humanos, titualción de profesional/es, Autorización de Industria para el aparato de Rayos X, tratamiento residuos...) No existe obligación de tener licencia de apertura municpal según tiene establecida la jurisprudencia; no obstante somos conscientes que algunos Ayuntamientos la exigen y son numerosos los profesionales que la solicitan al objeto de no crear una cierta "enemistad" con la corporación municipal.
Si no dispone de Rayos X, es necesaria la Autorización del Servicio de Industria de la Consejería de Desarrollo Tecnológico.
PROFESIONALES.- La Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias exige que el desempeño privado de una profesión sanitaria, ha de estar amparada por un seguro de Responsabilidad Civil (o garantía análoga o aval) que cubra las eventuales indemnizaciones que pudieran ser exigidas en su actuación profesional. La Ley 41/2002 exige la necesidad de obtener consentimiento informado por escrito par la realización de técnicas que supongan una intervención quirúrgica o terapéutica invasora, o se trate de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa para la paciente.
OTRAS.-
Riesgos Laborales.- Aquellas clínicas que empleen a más de 6 trabajadores tienen obligación de contratar con empresa especializada el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. En las empresas con menos de 6 empleados, el propio dentista/empresario puede asumir la prevención con la formación adecuada.
Protección de datos.- Para los que utilizan una soporte informático para la historia clínica, los equipos informáticos han de tener una serie de medidas de seguridad supervisadas por empresas que certifiquen la adecuación a la ley de protección de datos de las mismas.
Boletín Infomativo número 20
Diciembre, 2003
IMPORTANTE: FACTURACIÓN PROTÉSICOS DENTALES
Ante las numerosas consultas recibidas en el colegio sobre la obligatoriedad o no de que los protésicos dentales en su factura a los dentistas, apliquen la retención del I.R.P.F. la Asesoría Jurídica, informa:
Los Protésicos dentales que ejercen su profesión como profesional libre (como persona física) están obligados a aplicar en sus facturas la retención del I.R.P.F. vigente en cada momento (actualmente 15%), lo que motiva que el profesional que les abona las facturas, esto es, el dentista, debe de ingresar la cantidad que retiene en Hacienda. Cuando la facturación del Protésico Dental se hace por una empresa (ejemplo: Laboratorio X, S.L.), no ha de practicarse retención ni aplicarse la misma en la factura.
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Desde el Colegio se viene realizando en los últimos tiempos una campaña informativa a los colegiados sobre determinados aspectos jurídicos en el ejercicio de la profesión, que se han evidenciado con tres jornadas monográficas dedicadas en este año a la información/consentimiento (Ley 41/2002), intrusismo y una mesa redonda sobre Responsabilidad Profesional.
En todas ellas, ha quedado de manifiesto la conveniencia y necesidad de que los pacientes presten su consentimiento por escrito cuando van a ser sometidos a tratamientos en su boca tal y como establece la Ley 41/2002 sobre derechos del paciente.
En este envío se acompaña una serie de modelos consensuados de determinadas técnicas, que en breve serán completados con aquellas otras (implantes, periodoncia, conservadora ....) en las que consideramos necesario que el paciente rubrique su consentimiento por escrito, una vez proporcionada la información.
Para aquellos que estén habituados a la informática, pueden solicitar los mismos en formato CD indicándoles que en breve estará disponible en la página web, y en concreto en el acceso restringidos a colegiados que se está preparando.
LEY DE ORDENACIÓN DE PROFESIONES SANITARIAS
El pasado día 22 de noviembre ha aparecido publicado en el BOE la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, que en su artículo 6, cambia la denominación de nuestra profesión, que en lo sucesivo pasará a denominarse DENTISTAS.
Así, según el artículo 6 de la misma, son profesiones sanitarias de nivel de licenciados, los médicos, los veterinarios, los farmaceuticos y los DENTISTAS, definiéndose estos últimos como aquellos a los que "corresponde las funciones relativas a la promoción de la salud bucodental y a la prevención, diagnóstico y tratamientos señalados en la Ley 10/1986 de 17 de marzo, sobe odontólogos y otras profesiones relacionadas con la salud bucodental".
Otro punto importante de la Ley es el hecho de que CON CARACTER OBLIGATORIO se establece la necesidad de tener cubierta la responsabilidad profesional a través de un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, circunstancia esta que hasta ahora no tenía tal carácter de obligatoriedad.
Si bien la gran mayoría de colegiados disponen del referido seguro de Responsabilidad Civil, tenemos conocimiento que algunos colegiados aun no disponen de este tipo de cobertura. Dado el carácter de obligatorio que marca la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, es preciso aclarar que incluso se puede incurrir ahora en infracción penal por aquel que ejerza privadamente la profesión sin tener contratado seguro, al igual que ocurre por ejemplo con la circulación de vehículos de motor, y otras actividades en las que el seguro es obligatorio.