Documentación - Legislación

El Colegio Oficial de Dentistas de Huelva es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia e independiente, que goza de plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y funciones.

Plan Anual de la Inspección de Servicios Sanitarios 2022.

(Relativo a inspecciones en las Farmacias de la provincia de Huelva, de recetas de dentistas, para con posterioridad, evaluar los aspectos referidos a la prescripción en la Historia Clínica, verificando la “adecuación de la prescripción de antibióticos a la normativa y a la evidencia científica disponible” (sic. Literal de lo publicado).

INFORMACIÓN PARA SOLICITAR NIMA A CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA , PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

  • Registrarse para obtener el NIMA, para lo cual se puede acceder a través del siguiente enlace con certificado digital.
 
Siguiendo los pasos:
1- Iniciar Tramitación;
2- Acceder con Certificado Digital:
3- Tramitar (Flecha Verde);
4- Cumplimentar Formulario que consta de 5 páginas.
 
Para cumplimentar el formulario:
1.- RAZÓN SOCIAL: DATOS IDENTIFICATIVOS DEL PROPIETARIO DE LA CLÍNICA;

2.- DATOS DEL CENTRO: DATOS DE UBICACIÓN DE LA CLÍNICA. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD: CLÍNICA DENTAL. CNAE: 8623;

3.- OBJETO DE LA COMUNICACIÓN:  Señalar “Comunicación de la producción de residuos peligrosos” < (menos) de 10.000Kg./año.
Almacenamiento temporal residuos peligrosos: Señalar NO

4. – PROCESOS O ACTIVIDADES GENERADORAS DE RESIDUOS:  Hay que indicar en el apartado 1- “Actividad Propia de Clínica Dental”.

5. – RESIDUOS GENERADOS POR :
Nº de Proceso 1:
“Descripción libre de Residuo”…. “Objetos cortantes y punzantes” 
“Código LER”…………………….180103
“Cantidad Anual Estimada”…….(puede calcular aproximadamente en función del tamaño de los contenedores, indicando el dato en Kg.)
“Gestor de destino”  …………..(Nombre de la Empresa con la cual tiene contratada la gestión de residuos)
“Operación de tratamiento previsto”: D9

Nº de Proceso 2: En caso de generar otro residuo se irá añadiendo en la siguientes filas. Por ejemplo :
“Descripción libre de Residuos”: Residuos de amalgamas  procedente de cuidados dentales
Código LER: 180110
“Cantidad Anual Estimada”…….(puede calcular aproximadamente en función del tamaño de los contenedores, indicando el dato en Kg.)
“Gestor de destino”  …………..Nombre de la Empresa con la cual tiene contratada la gestión de residuos
 “Operación de tratamiento previsto”…”  R4

6.- CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO DE LOS RESIDUOS:
Zona de Almacenamiento : “Interior”

7.- DOCUMENTACIÓN: Todos los documentos deben de anexarse en formato “PDF”.

a) Plano de la Clínica: Donde se indique el lugar de ubicación de los contenedores de residuos durante su uso y, si fuera necesario, durante su almacenamiento (es válido el plano aportado para obtener la autorización sanitaria de funcionamiento).

b) Plano Catastral de la Clínica: Se obtiene entrando en la Sede Electrónica del Catastro (si tiene el número de Ref. Catastral es más rápido o , en caso contrario, buscando por la dirección. En la parte inferior derecha aparece un dibujo de impresora que indica en la medida  que quiere descargar el plano. (Escala 1:500);

 c) Memoria Descriptiva de la Actividad: Es un documento donde se especifican los datos del centro y tipo de residuo.

d) Documento de aceptación por parte de la persona o entidad gestora que va a llevar a cabo el tratamiento  de los residuos: “Documento de la empresa que gestiona los residuos” o “Declaración responsable del titular de la Clínica en la que se hace constar el compromiso de entregar los residuos a empresa autorizada”.

INFORMACIÓN  en relación con las obligaciones a cumplir en MATERIA DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE EL ACOSO SEXUAL Y POR RAZON DE SEXO, guía detallada elaborada por el Consejo General y este Colegio.

 
Atlas de la Salud Bucodental en España: Una llamada a la acción. 2022.

En el Atlas se recogen datos epidemiológicos, hábitos de los ciudadanos, factores de riesgo y aspectos de la profesión dental en nuestro país. Asimismo, se incluye un apartado con propuestas para mejorar la salud bucodental de la población.

Información sobre Derecho de los Pacientes en Clínicas Dentales

En relación con las obligaciones que en materia documental y de información a los pacientes han de tener los dentistas expuestos en sus tablones de anuncio, se recuerda que a disposición de los colegiados, está la información que en su día consensuó el Consejo General de Dentistas y difundió, en el que bajo el título “Derechos de los paciente y usuarios de Salud Bucodental, y de los dentistas en sus relaciones profesionales”, se expresan los diferentes derechos y deberes, de los pacientes en la Clínica Dental.

 

De igual modo, en algunas inspecciones recibidas, se está indicando la necesidad de que consten en un lugar bien visible de la recepción o sala de espera de las consultas, una información expresa sobre la libre elección de protésico, así como una lista de precios orientativos de las prestaciones básicas del centro sanitario. Por ello se pone a disposición de los colegiados en la zona privada de la Web, modelos de carteles informativos, así como algunos párrafos a incluir en su caso en los presupuestos que se emitan.

Declaración del Comité Central de Ética de este Consejo General, en relación con la actitud que deben tener los dentistas ante la sospecha de existencia de malos tratos en los pacientes.

 

 Guía práctica general para solicitar la autorización de funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios elaborada por la Junta de Andalucía.

 

 

Uso adecuado de antibióticos en odontología.

 

 

 

 

 

  Reglamento (UE) 2024/1849 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/852 sobre el mercurio, en lo que respecta a la amalgama dental y otros productos con mercurio añadido sujetos a restricciones de exportación, importación y fabricación.

Se establece que a partir del 1 de enero de 2025, la amalgama dental no se utilizará en los tratamientos dentales en la Unión, excepto cuando el profesional dental lo considere estrictamente necesario debido a las necesidades médicas específicas del paciente.

También establecen la prohibición de exportación a partir del 1 de enero de 2025 y la importación y fabricación a partir de 1 de octubre de 2026.